BCR dispone elevar encajes en soles y dólares a partir de agosto
Medida permitirá una evolución ordenada de la liquidez y el crédito
El Banco Central de Reserva (BCR) dispuso hoy elevar los requerimientos de encaje para las obligaciones en moneda nacional y moneda extranjera de las entidades financieras a partir de agosto, con la finalidad de sostener una evolución ordenada de la liquidez y el crédito.
Explicó que a partir de agosto, la tasa de encaje mínimo legal se elevará de siete a ocho por ciento y se incrementará el requerimiento mínimo a ser mantenido por las entidades financieras en las cuentas del BCR, de dos a 2.5 por ciento, tanto en moneda nacional cuanto en moneda extranjera.
En el caso de la moneda nacional se establece, además, una tasa de encaje marginal de 12 por ciento.
En cuanto a la moneda extranjera, se fija en 50 por ciento la tasa de encaje para los créditos del exterior con plazo menor a dos años (la tasa previa era de 40 por ciento).
Asimismo, el ente emisor estableció un aumento de la tasa de encaje media de 0.1 por ciento para depósitos y una tasa de encaje marginal para depósitos de 45 por ciento (la tasa previa era de 35 por ciento).
Indicó que estas medidas son complementarias al reciente incremento de la tasa de interés de referencia, el incremento del límite de inversión en el exterior de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) de 26 a 28 por ciento, y a las compras de moneda extranjera, que en lo que va del mes de julio han totalizado 1,253 millones de dólares.
Las compras de moneda extranjera ya han sumado 4,433 millones de dólares en el año.
OPECU Prensa - 18.JUL.10
Fuente: Andina
Foto: Andina
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